Borrar dicom y deudas castigadas

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Aclaración por prescripción de la Letra/Pagaré/Cheque;

Cuando se ha interpuesto una demanda para cobrar el documento publicado en el “Boletín”, deberá;

Acreditar mediante modo fehaciente que ha operado la prescripción extintiva de la acción de la letra/pagaré/cheque.

El modo fehaciente de acreditar la prescripción, es la presentación de copia autorizada de la sentencia judicial que declara la prescripción del documento.

Si UD, ha sido demandado por una institución pero esta no ha logrado notificarlo, en estos casos se puede interponer una excepción de prescripción dentro de ese juicio, esto ahorra tiempo y dinero por concepto de receptor judicial. Así el hecho de que se haya iniciado una demanda pero esta no ha sido notificada no es perjudicial, todo lo contrario podría ser beneficioso.

Para saber de manera fehaciente si tiene causas civiles en su contra acerquese a la Corte de Apelaciones correspondiente al domicilio registrado por los acreedores de sus documentos (sección civil) y solicite estado de causas en su contra, este trámite demora minutos.

En el caso de la Corte de Apelaciones de Santiago, el horario de atención es de 8.00 a 10.00 horas para este tipo de trámite, no tiene costo y demora 2 minutos.

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