A dicom deudores de pensiones alimenticias
Se lee en el diario electrónico El Mostrador, la siguiente noticia:
En ella se estudia informar a dicom a los deudores de pensiones alimenticias, de primera uno puede pensar que esto será una nueva fuente de ingresos y por tanto debería interesarme su consecución. Sin embargo, pienso que esto no cumple el espiritu de la ley número 19.628.-, al señalar que solo se pueden informar deudas de caracter financiero, bancario o comercial.
Una sentencia, no cumple esos requisitos básicos, que es el caracter económico del documento, pues bién argumentos hay de mbos lados a fvor y en contra, yo me siento a esperar, pero me pregunto.
Habrá que sacar una ley que señale lo poco que no se podrá informar a dicom???.
Como de costumbre transcribo la nota con el crédito correspondiente.
Polémica por idea de pasar a Dicom a deudores de pensiones alimenticias
por Lino Solís de Ovando G. Iniciativa de la diputada Lily Pérez busca presionar a los deudores reiterados, padres contra los que ya hay una orden de arresto en su contra. La moción, a juicio del gerente general de Dicom, Marco Antonio Alvarez, debería ser debatida, ya que si bien una sentencia es pública, no habría que olvidar que la deuda se generó dentro de una familila, un contexto de carácter privado.
Según la diputada de RN, el proyecto tiene su fundamento en el preocupante aumento de causas judiciales por no pago de pensión alimenticia. ‘’Si el 2001 había 100 mil causas anuales por este concepto, el año pasado ya se aumentó a 180 mil. De éstas, el 40 por ciento (72.000) tuvieron como sentencia la orden de arresto, y sólo el 10 por ciento (7.200) fueron cumplidas. Y eso no puede ser; algo hay que hacer’’, advirtió la parlamentaria.
Los llamados papitos corazón podrían verse aun más cercados si es que toma fuerza el proyecto presentado ayer por la diputada Lily Pérez a la ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Cecilia Pérez, moción que busca, entre otros objetivos, que los deudores reiterados por pensión alimenticia pasen desde tribunales al boletín comercial, conocido popularmente como Dicom. Sin embargo, la Asociación Nacional de Magistrados advirtió que, de acuerdo a las condiciones actuales, el sistema colapsaría si se suman este tipo de responsabilidades. La iniciativa, que busca modificar la Ley 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, será ingresada el martes en la Cámara de Diputados, para lo cual la ministra se comprometió, según Pérez, a que sea visto con prontitud en la comisión de familia de la cámara baja. Según la diputada de Renovación Nacional, el proyecto tiene su fundamento en el preocupante aumento de causas judiciales por no pago de pensión alimenticia. ‘’Si el 2001 había 100 mil causas anuales por este concepto, el año pasado ya se aumentó a 180 mil. De éstas, el 40 por ciento (72.000) tuvieron como sentencia la orden de arresto, y sólo el 10 por ciento (7.200) fueron cumplidas. Y eso no puede ser; algo hay que hacer’’, advirtió la parlamentaria. Consultada por el inconveniente que presentaría la Ley Dicom (N°19.628), ya que ésta prohíbe la publicación de información privada de los consumidores (familiar, política, religiosa, etc.), a juicio de Pérez no existiría tal barrera, ‘’ya que de carácter privado sería si se publicara el detalle de la discusión que se da dentro de tribunales. Pero el que no se pague una pensión de alimentos no es una información de carácter privado, porque es una sentencia ejecutoriada’’. ‘’Es entendible que un hombre se atrase, si es que queda cesante, por ejemplo. Pero acá se trata de agilizar una orden de arresto, porque en esos casos hay una decisión persistente de no pagar la pensión de alimentos. No puede ser que hoy día un hombre rehuya en forma sostenida el pago de la pensión, y le ponga mas empeño en pagarle a una casa comercial, y no así a sus hijos’’, agregó la diputada. Proyecto La iniciativa presentada al Sernam tiene como norte dos objetivos: ‘’acelerar el cobro de las pensiones alimenticias, sean éstas provisorias o definitivas, principalmente facilitando la tramitación de los mecanismos establecidos en la ley para obtener su pago, especialmente aquellas medidas coercitivas que se ejercen sobre el deudor; así como, en caso de incumplimiento de su obligación legal y moral de pagar los alimentos fijados por un Tribunal, esta deuda será informada por el Boletín Comercial, mientras no sea pagada’’. La idea es potenciar la orden de arresto emanada de los tribunales, con los conocidos ‘’efectos disuasivos que tiene en los deudores su anotación en el registro de deudores moros, que de conformidad al Decreto 950 de 1928 del Ministerio de Hacienda y la ley Nor. 19.628, son publicados por la Cámara de Comercio de Chile. Una anotación en dicho registro impide en la práctica, al moroso, realizar cualquier transacción comercial ante instituciones bancarias, financieras, casas comerciales, entre otras’’, argumenta el proyecto. Sin embargo, a juicio de la parlamentaria, ‘’en dicho registro no figuran las deudas por pensiones alimenticias, a pesar de tratarse de deudas devengadas y estar morosas en su pago; y lo más importante, que están destinadas a satisfacer una necesidad mayor, como lo son los alimentos’’, añade el informe. Por todo lo anterior, Pérez propone que semanalmente los ‘’juzgados de letras en lo civil y los de menores, envíen una nómina con todas las órdenes de arresto que se hayan impartido por el no pago de pensiones alimenticias. Las nóminas deberán contener los siguientes antecedentes: individualización del tribunal, rol de la causa, el nombre del deudor y monto adeudado’’. Se necesita personal A Diego Simpertigue, presidente de la Asociación Nacional de Magistrados, la iniciativa de Pérez le parece preocupante, porque ‘’ya tenemos una importante recarga de trabajo. De llegar a aprobarse una iniciativa que exija un listado semanal de las órdenes de arresto por no pago de pensión de alimentos, simplemente colapsarían los tribunales civiles y de menores. Sería dramático que semanalmente tuvieran que asumir nuevas responsabilidades... Ahora, si este proyecto contemplara la posibilidad de sumar nuevo personal para esas labores, no deberían existir inconvenientes, pero yo dudo que se pueda modificar este último aspecto’’. Consultado sobre el posible inconveniente de incorporar información privada al boletín comercial, Simpertigue afirmó que la diputada está en lo cierto cuando dice que ‘’las sentencias son de carácter público, aunque hay que tener en cuenta que la ley contempla días en los cuales se pueden hacer efectivos los cobros. Incorporarlo o no a Dicom, es un tema que hay que evaluarlo en su mérito, y que creo que debería dar para un buen debate en el Congreso’’. Dicom dispuesto Según recuerda Marco Antonio Alvarez, gerente general de Dicom Equifax -empresa líder en Chile en el mercado de información clave para personas y, sobre todo, empresas del sector financiero, comercial, industrial y de servicios-, el proyecto presentado por Lily Pérez ya tuvo un antecedente de la mano de la diputada Pía Guzmán. Sin embargo, ‘’no tuvo un detalle como el que se está presentando en esta oportunidad y que se debería estudiar’’. Actualmente la ley establece que se puede incluir en Dicom ‘’toda aquella información de carácter bancaria, económico, financiera y comercial, que sea de carácter pública, o bien que esté relacionada con algún incumplimiento. Ahora, en este caso. Yo imagino que detrás de toda esta sentencia hay un juicio, por lo tanto, no sé si todo el detalle es de carácter público. Esa es una materia que tendrán que establecer los tribunales y los parlamentarios’’, aclaró Alvarez. ‘’Una posibilidad para llevar a la práctica este proyecto es que los tribunales pusieran esta información a disposición de las empresas que están reguladas bajo la ley Dicom, con una periodicidad que puede ser diaria, semanal o mensual’’, detalló el gerente general de la compañía fundada en 1979. -Entonces, la iniciativa podría ser incorporada, sin mayores inconvenientes, al indicador de riesgo crediticio que tiene cada consumidor.-Así es. Podría ser un antecedente más para calcular lo que se llama el Dicom Score, que es este índice de riesgo. Puntaje que se va modificando automáticamente con el pago de cada morosidad. -Sin lugar a duda que van a aparecer críticas a esta proposición, ya que se topa con aspectos muy privados. ¿Debería modificarse la Ley Dicom para establecer este sistema de información adicional?-La ley expresa, claramente, que no se puede incluir información personal. Ahora este tema podría ser pública, ya que hay sentencia. Pero también podría decirse que la deuda se genera en un entorno familiar. En este proyecto prima un concepto financiero de la deuda, antes que la privacidad del deudor. Por lo tanto, todo esto tendrá que ser materia de un debate. No a la confrontación Bernardo Subercaseaux, vicedecano de la facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad de Chile, y secretario ejecutivo de la corporación sin fines de lucro ‘’Padres por la igualdad parental’’, afirmó que ‘’en el sistema actual de confrontación, sería una locura sumar al boletín comercial a los que no pagan la pensión de alimentos. Porque hay injusticias mayúsculas, debido a la lógica de confrontación que rige la actual legislación’’. ‘’Estamos legislando un asunto comercial, que no va de la mano con una reforma que contemple, por ejemplo, una tuición compartida, como se establece en sociedades como Alemania. Acá están los hijos detrás, factor que no puede pasar a ser de orden neoliberal’’, sentenció Subercaseaux. ‘’Para aplicar un proyecto como el que propone la diputada Pérez, se debe tener antes un contexto diferente. Y esto lo digo a nombre de padres, hombres y mujeres, porque no somos un club de Toby, que han sido injustamente tratados. La legislación actual es tremendamente confrontacional, y los niños pasan a ser verdaderos botines de guerra’’, concluyó el académico. Importante aporte Finalmente, Patricia Silva, jefe del departamento de reformas legales del Servicio Nacional de la Mujer, consideró que si bien es cierto que detrás de una deuda reiterada hay un drama familiar y privado, ‘’lo que se busca con este proyecto es asegurar los mecanismos que garanticen la ejecución de una sentencia judicial’’. ‘’Mezclar que este proyecto vulnera un tema personal, me parece injusto, porque lo único que se busca, al igual que cualquier otro tipo de sentencia, que se cumpla... La ley de pensiones de alimentos tuvo una modificación muy importante el 2001. Básicamente, en cuatro aspectos: Un piso mínimo de pensión; la obligación del juez de decretar alimentos provisorios; la retención que debe hacer el empleador del monto de la pensión que debe entregar el trabajador, y se estableció la posibilidad de que el arresto se de reclusión nocturna, impidiendo de ese modo que la persona perdiera su fuente de trabajo. Sin embargo, a pesar de que se avanzó muchísimo, todavía existe un porcentaje importante de sentencias no cumplidas, que sigue siendo un tema pendiente. Por lo tanto, esta iniciativa es un aporte que ayuda a hacer efectivo el cumplimiento de lo que decretó el juez’’, explicó Silva. -A su juicio, ¿no están sancionado socialmente el que el hombre no pague pensión de alimentos, razón que le impregna mayor asidero a este proyecto?-No es poco habitual encontrarse con personas que no pagan pensión y lo dicen sin sonrojarse. Y eso es porque no hay sanción social. Y porque además se piensa socialmente que, de algún modo, la madre se las arreglará con los alimentos. ".
En ella se estudia informar a dicom a los deudores de pensiones alimenticias, de primera uno puede pensar que esto será una nueva fuente de ingresos y por tanto debería interesarme su consecución. Sin embargo, pienso que esto no cumple el espiritu de la ley número 19.628.-, al señalar que solo se pueden informar deudas de caracter financiero, bancario o comercial.
Una sentencia, no cumple esos requisitos básicos, que es el caracter económico del documento, pues bién argumentos hay de mbos lados a fvor y en contra, yo me siento a esperar, pero me pregunto.
Habrá que sacar una ley que señale lo poco que no se podrá informar a dicom???.
Como de costumbre transcribo la nota con el crédito correspondiente.
"3 de Agosto del 2004 Magistrados afirman que sistema judicial colapsaría si se aplica.
Polémica por idea de pasar a Dicom a deudores de pensiones alimenticias
por Lino Solís de Ovando G. Iniciativa de la diputada Lily Pérez busca presionar a los deudores reiterados, padres contra los que ya hay una orden de arresto en su contra. La moción, a juicio del gerente general de Dicom, Marco Antonio Alvarez, debería ser debatida, ya que si bien una sentencia es pública, no habría que olvidar que la deuda se generó dentro de una familila, un contexto de carácter privado.
Según la diputada de RN, el proyecto tiene su fundamento en el preocupante aumento de causas judiciales por no pago de pensión alimenticia. ‘’Si el 2001 había 100 mil causas anuales por este concepto, el año pasado ya se aumentó a 180 mil. De éstas, el 40 por ciento (72.000) tuvieron como sentencia la orden de arresto, y sólo el 10 por ciento (7.200) fueron cumplidas. Y eso no puede ser; algo hay que hacer’’, advirtió la parlamentaria.
Los llamados papitos corazón podrían verse aun más cercados si es que toma fuerza el proyecto presentado ayer por la diputada Lily Pérez a la ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Cecilia Pérez, moción que busca, entre otros objetivos, que los deudores reiterados por pensión alimenticia pasen desde tribunales al boletín comercial, conocido popularmente como Dicom. Sin embargo, la Asociación Nacional de Magistrados advirtió que, de acuerdo a las condiciones actuales, el sistema colapsaría si se suman este tipo de responsabilidades. La iniciativa, que busca modificar la Ley 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, será ingresada el martes en la Cámara de Diputados, para lo cual la ministra se comprometió, según Pérez, a que sea visto con prontitud en la comisión de familia de la cámara baja. Según la diputada de Renovación Nacional, el proyecto tiene su fundamento en el preocupante aumento de causas judiciales por no pago de pensión alimenticia. ‘’Si el 2001 había 100 mil causas anuales por este concepto, el año pasado ya se aumentó a 180 mil. De éstas, el 40 por ciento (72.000) tuvieron como sentencia la orden de arresto, y sólo el 10 por ciento (7.200) fueron cumplidas. Y eso no puede ser; algo hay que hacer’’, advirtió la parlamentaria. Consultada por el inconveniente que presentaría la Ley Dicom (N°19.628), ya que ésta prohíbe la publicación de información privada de los consumidores (familiar, política, religiosa, etc.), a juicio de Pérez no existiría tal barrera, ‘’ya que de carácter privado sería si se publicara el detalle de la discusión que se da dentro de tribunales. Pero el que no se pague una pensión de alimentos no es una información de carácter privado, porque es una sentencia ejecutoriada’’. ‘’Es entendible que un hombre se atrase, si es que queda cesante, por ejemplo. Pero acá se trata de agilizar una orden de arresto, porque en esos casos hay una decisión persistente de no pagar la pensión de alimentos. No puede ser que hoy día un hombre rehuya en forma sostenida el pago de la pensión, y le ponga mas empeño en pagarle a una casa comercial, y no así a sus hijos’’, agregó la diputada. Proyecto La iniciativa presentada al Sernam tiene como norte dos objetivos: ‘’acelerar el cobro de las pensiones alimenticias, sean éstas provisorias o definitivas, principalmente facilitando la tramitación de los mecanismos establecidos en la ley para obtener su pago, especialmente aquellas medidas coercitivas que se ejercen sobre el deudor; así como, en caso de incumplimiento de su obligación legal y moral de pagar los alimentos fijados por un Tribunal, esta deuda será informada por el Boletín Comercial, mientras no sea pagada’’. La idea es potenciar la orden de arresto emanada de los tribunales, con los conocidos ‘’efectos disuasivos que tiene en los deudores su anotación en el registro de deudores moros, que de conformidad al Decreto 950 de 1928 del Ministerio de Hacienda y la ley Nor. 19.628, son publicados por la Cámara de Comercio de Chile. Una anotación en dicho registro impide en la práctica, al moroso, realizar cualquier transacción comercial ante instituciones bancarias, financieras, casas comerciales, entre otras’’, argumenta el proyecto. Sin embargo, a juicio de la parlamentaria, ‘’en dicho registro no figuran las deudas por pensiones alimenticias, a pesar de tratarse de deudas devengadas y estar morosas en su pago; y lo más importante, que están destinadas a satisfacer una necesidad mayor, como lo son los alimentos’’, añade el informe. Por todo lo anterior, Pérez propone que semanalmente los ‘’juzgados de letras en lo civil y los de menores, envíen una nómina con todas las órdenes de arresto que se hayan impartido por el no pago de pensiones alimenticias. Las nóminas deberán contener los siguientes antecedentes: individualización del tribunal, rol de la causa, el nombre del deudor y monto adeudado’’. Se necesita personal A Diego Simpertigue, presidente de la Asociación Nacional de Magistrados, la iniciativa de Pérez le parece preocupante, porque ‘’ya tenemos una importante recarga de trabajo. De llegar a aprobarse una iniciativa que exija un listado semanal de las órdenes de arresto por no pago de pensión de alimentos, simplemente colapsarían los tribunales civiles y de menores. Sería dramático que semanalmente tuvieran que asumir nuevas responsabilidades... Ahora, si este proyecto contemplara la posibilidad de sumar nuevo personal para esas labores, no deberían existir inconvenientes, pero yo dudo que se pueda modificar este último aspecto’’. Consultado sobre el posible inconveniente de incorporar información privada al boletín comercial, Simpertigue afirmó que la diputada está en lo cierto cuando dice que ‘’las sentencias son de carácter público, aunque hay que tener en cuenta que la ley contempla días en los cuales se pueden hacer efectivos los cobros. Incorporarlo o no a Dicom, es un tema que hay que evaluarlo en su mérito, y que creo que debería dar para un buen debate en el Congreso’’. Dicom dispuesto Según recuerda Marco Antonio Alvarez, gerente general de Dicom Equifax -empresa líder en Chile en el mercado de información clave para personas y, sobre todo, empresas del sector financiero, comercial, industrial y de servicios-, el proyecto presentado por Lily Pérez ya tuvo un antecedente de la mano de la diputada Pía Guzmán. Sin embargo, ‘’no tuvo un detalle como el que se está presentando en esta oportunidad y que se debería estudiar’’. Actualmente la ley establece que se puede incluir en Dicom ‘’toda aquella información de carácter bancaria, económico, financiera y comercial, que sea de carácter pública, o bien que esté relacionada con algún incumplimiento. Ahora, en este caso. Yo imagino que detrás de toda esta sentencia hay un juicio, por lo tanto, no sé si todo el detalle es de carácter público. Esa es una materia que tendrán que establecer los tribunales y los parlamentarios’’, aclaró Alvarez. ‘’Una posibilidad para llevar a la práctica este proyecto es que los tribunales pusieran esta información a disposición de las empresas que están reguladas bajo la ley Dicom, con una periodicidad que puede ser diaria, semanal o mensual’’, detalló el gerente general de la compañía fundada en 1979. -Entonces, la iniciativa podría ser incorporada, sin mayores inconvenientes, al indicador de riesgo crediticio que tiene cada consumidor.-Así es. Podría ser un antecedente más para calcular lo que se llama el Dicom Score, que es este índice de riesgo. Puntaje que se va modificando automáticamente con el pago de cada morosidad. -Sin lugar a duda que van a aparecer críticas a esta proposición, ya que se topa con aspectos muy privados. ¿Debería modificarse la Ley Dicom para establecer este sistema de información adicional?-La ley expresa, claramente, que no se puede incluir información personal. Ahora este tema podría ser pública, ya que hay sentencia. Pero también podría decirse que la deuda se genera en un entorno familiar. En este proyecto prima un concepto financiero de la deuda, antes que la privacidad del deudor. Por lo tanto, todo esto tendrá que ser materia de un debate. No a la confrontación Bernardo Subercaseaux, vicedecano de la facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad de Chile, y secretario ejecutivo de la corporación sin fines de lucro ‘’Padres por la igualdad parental’’, afirmó que ‘’en el sistema actual de confrontación, sería una locura sumar al boletín comercial a los que no pagan la pensión de alimentos. Porque hay injusticias mayúsculas, debido a la lógica de confrontación que rige la actual legislación’’. ‘’Estamos legislando un asunto comercial, que no va de la mano con una reforma que contemple, por ejemplo, una tuición compartida, como se establece en sociedades como Alemania. Acá están los hijos detrás, factor que no puede pasar a ser de orden neoliberal’’, sentenció Subercaseaux. ‘’Para aplicar un proyecto como el que propone la diputada Pérez, se debe tener antes un contexto diferente. Y esto lo digo a nombre de padres, hombres y mujeres, porque no somos un club de Toby, que han sido injustamente tratados. La legislación actual es tremendamente confrontacional, y los niños pasan a ser verdaderos botines de guerra’’, concluyó el académico. Importante aporte Finalmente, Patricia Silva, jefe del departamento de reformas legales del Servicio Nacional de la Mujer, consideró que si bien es cierto que detrás de una deuda reiterada hay un drama familiar y privado, ‘’lo que se busca con este proyecto es asegurar los mecanismos que garanticen la ejecución de una sentencia judicial’’. ‘’Mezclar que este proyecto vulnera un tema personal, me parece injusto, porque lo único que se busca, al igual que cualquier otro tipo de sentencia, que se cumpla... La ley de pensiones de alimentos tuvo una modificación muy importante el 2001. Básicamente, en cuatro aspectos: Un piso mínimo de pensión; la obligación del juez de decretar alimentos provisorios; la retención que debe hacer el empleador del monto de la pensión que debe entregar el trabajador, y se estableció la posibilidad de que el arresto se de reclusión nocturna, impidiendo de ese modo que la persona perdiera su fuente de trabajo. Sin embargo, a pesar de que se avanzó muchísimo, todavía existe un porcentaje importante de sentencias no cumplidas, que sigue siendo un tema pendiente. Por lo tanto, esta iniciativa es un aporte que ayuda a hacer efectivo el cumplimiento de lo que decretó el juez’’, explicó Silva. -A su juicio, ¿no están sancionado socialmente el que el hombre no pague pensión de alimentos, razón que le impregna mayor asidero a este proyecto?-No es poco habitual encontrarse con personas que no pagan pensión y lo dicen sin sonrojarse. Y eso es porque no hay sanción social. Y porque además se piensa socialmente que, de algún modo, la madre se las arreglará con los alimentos. ".

Deudas